ANALISIS 4

César Eduardo Briceño Toledo

La consulta popular depende del momento en que fue convocada y qué gobierno lo hizo. La consulta de León Febres-Cordero acerca de las candidaturas de los independientes, la respuesta fue el sentir ciudadano hacia su gobierno y no constituyó un pronunciamiento sobre esta opción, pero sí fue aprobado cuando lo consultó Sixto Durán-Ballén que gozaba de popularidad.

Entre las propuestas planteadas por Rafael Correa en la campaña que lo llevó a la presidencia fue crear una nueva Constitución, y en abril de 2007 se realizó la consulta popular en la que se aprobó convocar a una Asamblea Constituyente que la redactara. El 28 de septiembre de 2008 se aprobó la Constitución que nos rige desde ese año, con algunas enmiendas. La última vez que la convocó, en el año 2011, el expresidente fue para meter la mano en la justicia adornada con las prohibiciones de los toros y con otros asuntos de menor importancia.

Han pasado casi 10 años, que se gobernó el país dentro de ese marco legal, aunque algunas veces fue irrespetado. La consulta popular está prevista en el Art. 104 de la constitución. Es coherente el pedido de la Comisión Nacional Anti corrupción de que la consulta incluya la "muerte civil permanente" a los involucrados en casos de corrupción, dejar sin efecto las enmiendas constitucionales, cesar en funciones a los miembros del Consejo de Participación Ciudadana y formar una Comisión que prepare un régimen de transición en las instituciones cuyos funcionarios sean cesados. Sectores sociales además solicitan la   eliminación de la reelección inmediata e indefinida para todos los cargos de elección popular; desaparición de la tabla de consumo de drogas; derogatoria de la Ley de Comunicación; eliminación de la Ley de Plusvalía, restitución del aporte del Estado al IESS. También hay voces que piden la realización de una Asamblea Constituyente.

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